Trabajar para el Extranjero desde México: Impuestos y Cobro

Trabajar para el Extranjero desde México: Impuestos y Cobro

TransparenciaSin relación comercialEn este artículo no hay un solo enlace por el que yo cobre.Mi regla

Si vives y trabajas en México para una empresa de otro país, eres residente fiscal aquí y el SAT espera que declares ese ingreso, aunque te paguen en dólares. Así lo marcan el artículo 9 del Código Fiscal de la Federación (CFF) y la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) vigentes en 2026. Lo que cambia es el régimen en el que tributas y si emites factura.

Milenio abordó esta duda en una nota del 21 de marzo de 2024 sobre home office y pagos en dólares. Aquí voy al detalle práctico: qué tramitar, cómo cobrar y cuánto te queda. Soy Adrián Cruz, y esto es información, no asesoría fiscal.

Trabajar para el extranjero desde México: qué impuestos pagas y cómo cobrar

Residencia fiscal es el país que, para efectos de impuestos, te considera contribuyente. En México lo eres si tu casa habitación está aquí, sin importar dónde esté tu cliente. Por eso pagas ISR sobre tus ingresos, vengan de Puebla o de Texas.

Cuatro pasos para tributar al trabajar para el extranjero: alta en el RFC con e.firma y régimen, cobrar y convertir con el tipo de cambio FIX, facturar la exportación con IVA 0% y presentar pagos mensuales y declaración anual.

Un detalle que confunde: tu cliente extranjero no te retiene impuestos mexicanos. Retención de ISR es el dinero que quien paga descuenta y entrega al SAT por ti. Si nadie lo retiene, el trabajo de calcularlo y pagarlo es tuyo. Estas son las tres formas más comunes de acomodarlo:

Opción Quién retiene Factura que emites IVA ISR: cómo se paga
RESICO persona física Nadie en México CFDI por cada cobro; de exportación si aplica Tasa 0% si cumple los requisitos de exportación; lo declaras cada mes Tasa fija sobre lo que cobras, sin deducir gastos; pago mensual
Actividad profesional o empresarial Nadie en México CFDI por cada cobro Igual que en RESICO Sobre ingresos menos gastos deducibles; pagos provisionales y declaración anual
Empleado de empleador extranjero, sin nómina mexicana Nadie en México Normalmente ninguna por tu salario; confírmalo con un contador No aplica a un salario Lo calculas y lo pagas tú

No puse tasas en la tabla a propósito: cambian y dependen de tu caso. El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) es un régimen para personas físicas que paga una tasa fija sobre lo cobrado, y está en el artículo 113-E de la LISR. Tiene un tope anual de ingresos, así que revisa el monto vigente en el SAT.

La mayoría de freelancers que cobran del extranjero empieza ahí. Pero si tus gastos son altos, la actividad profesional puede dejarte menos ISR, porque ahí sí deduces. Los tramos y la letra chica están en cuánto pagar de RESICO siendo freelancer en 2026.

La tercera fila merece un aviso. Si tu contrato es con nómina mexicana, entras al mundo de la Ley Federal del Trabajo, y ahí te sirve entender la diferencia entre finiquito y liquidación. Como contratista de una empresa extranjera, normalmente no generas ninguno de los dos.

El caso de Sofía, paso a paso

Supón que Sofía, de Puebla, desarrolla software desde su depa para una startup de EE. UU. Este caso es hipotético. Las cifras son redondas y sirven solo para mostrar la aritmética.

1. El alta. Sofía necesita estar inscrita en el RFC con una actividad de servicios profesionales y tener su e.firma. La e.firma es un archivo electrónico que funciona como tu firma en trámites del SAT. Elige RESICO si su ingreso queda dentro del tope anual vigente.

2. El cobro. Puede recibir una transferencia internacional en su cuenta en pesos, abrir una cuenta en dólares o usar una plataforma de pagos con datos bancarios locales. Cada opción cobra comisión y aplica su propio tipo de cambio. Lo que importa es cuánto llega neto, no el letrero de “sin comisión”.

Para declarar, cuenta el tipo de cambio FIX que Banxico publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el día hábil anterior al cobro, según el artículo 20 del CFF. No cuenta el tipo de cambio de tu banco ni el de tu app. Confirma el día exacto con tu contador, porque depende de cuándo se considera cobrado el dinero.

3. La factura de exportación. Factura de exportación de servicios es el CFDI que emites a un cliente en el extranjero por un servicio que se aprovecha fuera de México. Va con IVA a tasa 0%, con base en el artículo 29 de la Ley del IVA (LIVA). Los requisitos básicos son dos: el cliente es residente en el extranjero sin establecimiento en México, y el servicio se aprovecha fuera del país.

Para un cliente extranjero se usa el RFC genérico XEXX010101000 y se anota el tipo de cambio del día. Si la startup tiene oficina o filial en México, el trato cambia. Pregúntalo antes de facturar.

Tasa 0% no significa “no declaro IVA”. Significa que no se lo cobras a tu cliente, pero igual presentas la declaración mensual.

4. Pagos y declaración. Los pagos provisionales son anticipos mensuales del impuesto del año. En RESICO se presentan a más tardar el día 17 del mes siguiente. Después viene la declaración anual de personas físicas, en abril.

Cuánto le queda a Sofía en un mes

Supón que en un mes Sofía cobra 2,000 dólares (36,000 pesos). El tipo de cambio de 18 pesos por dólar es un supuesto, no una cotización real.

  • Ingreso: 2,000 USD × 18 = 36,000 MXN.
  • Tasa: la tabla mensual de RESICO del SAT marca 1.10% para ingresos entre 25,000.01 y 50,000 pesos. Confirma la tabla vigente.
  • ISR: 36,000 × 0.011 = 396 MXN.
  • IVA: 36,000 × 0% = 0 MXN.
  • Neto: 36,000 − 396 = 35,604 MXN, antes de comisiones del banco o la plataforma.

La neta, ese número se ve bonito porque RESICO no deja deducir gastos y aun así cobra poco. Pero no es magia: depende de que tu ingreso caiga en ese tramo y de que cumplas con cada declaración.

Este caso no es el del extranjero que cobra desde México

Aquí hay una confusión frecuente. Cuando el residente fiscal está en el extranjero y cobra por ingresos desde México, la retención de ISR para servicios profesionales suele ser del 25% sin deducciones, según Wise. Esa retención la hace quien paga en México.

Sofía vive en México y su cliente paga desde fuera. Ese 25% no aplica en su caso.

Y si todavía no sabes qué tarifa pedirle a tu cliente, puedes calcular cuánto cobrar por hora con los impuestos ya considerados. Si apenas buscas cliente, te toca primero conseguir tu primera chamba.

Cómo evitar la doble tributación y qué hacer si te retienen en el otro país

Doble tributación es cuando dos países te cobran impuesto por el mismo ingreso. México tiene tratados para evitarla con varios países. Si cobras de una empresa en uno de ellos, puedes tener derecho a acreditar lo que pagaste afuera, según el texto del tratado.

Aquí no hay una regla única. Cada tratado dice qué país puede gravar qué tipo de ingreso, y tu caso concreto decide cuál aplica.

Si tu cliente te retiene impuesto en su país, pídele una constancia de retención. Sin ese papel no puedes demostrar ante el SAT lo que ya pagaste. Guárdala con tus comprobantes del año.

El SAT publica en su portal el texto de los tratados vigentes. Léelo antes de asumir que te cubren, porque no todos los países tienen uno con México. Y un tratado no borra tu obligación de declarar: solo evita que pagues dos veces.

Con los formatos pasa algo parecido. Algunas empresas de EE. UU. piden un W-8BEN, el formulario donde declaras que no eres residente fiscal de ese país. Ayuda a que no te retengan, pero cada país pide su propio formato. Por eso, si te retienen o no sabes qué firmar, consulta a un contador que haya visto casos con tu país.

Errores comunes al cobrar en dólares y siguiente paso

Estos cuatro errores son los que más lana te pueden costar:

No declarar porque el dinero “viene de fuera”. Para el SAT importa dónde vives, no dónde está tu cliente. Si omites meses, después pagas actualización y recargos.

Mezclar tu cuenta personal con la de la chamba. Cuando todo cae en la misma cuenta, separar ingresos de gastos del súper es un dolor. Una cuenta aparte, aunque sea la misma app, te ahorra horas en abril.

No guardar comprobantes de cada cobro. Conserva el aviso de transferencia, el CFDI y la constancia de retención si la hay. Son tu prueba si el SAT te pide aclaraciones.

Convertir con el tipo de cambio equivocado. Usar el de tu banco o el del día que te acordaste desajusta tu ingreso declarado. Usa el FIX del DOF que corresponde y anótalo en cada factura.

Un límite honesto: esta guía no resuelve casos especiales, como ingresos mixtos con nómina mexicana, clientes con filial en México o ingresos arriba del tope de RESICO. Tampoco sustituye a un contador cuando hay retenciones en el extranjero.

Para tu siguiente paso, haz tus números con la calculadora RESICO vs. actividad empresarial. Mete tu ingreso mensual ya convertido a pesos y tus gastos reales. Verás cuánto te queda después de impuestos con cada régimen, sin trucos ni promesas. 🐾

Preguntas frecuentes

¿Cuánto me quita el SAT por cada 100 mil pesos en RESICO?

Si cobras 100,000 pesos en un mes, la tabla mensual de RESICO del SAT marca una tasa de 2.00%, es decir, 2,000 pesos de ISR. Confirma la tabla vigente antes de calcular. Ese monto es solo ISR: no incluye IVA ni comisiones. En actividad profesional el resultado depende de tus deducciones, así que no hay una cifra única.

¿Necesito una cuenta en dólares para cobrar?

No. Puedes recibir una transferencia internacional en tu cuenta en pesos o usar una plataforma de pagos. Para el SAT importan tres cosas: el comprobante del cobro, tu factura y el tipo de cambio FIX del día hábil anterior. Compara el monto neto que llega con cada opción, porque las comisiones varían.

¿Cobrar por una plataforma de pagos me libra de declarar?

No. La plataforma solo mueve el dinero. Si vives en México, el ingreso sigue siendo tuyo y tienes que declararlo con el régimen que elegiste. Guarda los estados de cuenta de la plataforma como comprobante de cada cobro.

¿Qué hago si ya cobré meses sin declarar?

Puedes ponerte al corriente presentando las declaraciones que omitiste. El SAT cobra actualización y recargos por el retraso, y entre más tiempo pase, más pagas. Antes de presentar, revisa tu caso con un contador para elegir el régimen y las fechas correctas.